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domingo, 3 de junio de 2012

CERTIFICACIÓN DE ORIGEN


Certificación de Origen

¿Qué son las Normas de Origen?

Normas específicas para determinar el país en donde las mercancías fueron producidas o elaboradas cumpliendo determinados requisitos, condición indispensable para beneficiarse de las preferencias otorgadas en un Acuerdo Comercial.

El régimen de origen comprende, tanto las disposiciones referidas a los criterios de calificación para que los productos sean considerados originarios, como los procedimientos para la declaración, certificación y comprobación del origen.

El propósito central de las normas de origen es permitir que se beneficien de los Acuerdos aquellas mercancías que hayan sido totalmente obtenidas, o bien, productos que incorporen materiales que no hayan sido enteramente obtenido en el país, siempre que tales materiales hayan sido objeto de una transformación sustancial.

¿Qué es la Autocertificación?

La autocertificación es una forma de certificar origen permitida y utilizada sólo al amparo de algunos acuerdos comerciales, en la cual el exportador, importador o el propio productor, declara que la mercancía que está exportando a un determinado mercado, cumple con las normas de origen establecidas en el Acuerdo Comercial correspondiente. El operador indicado para declarar tal condición se encuentra definido en cada acuerdo.

¿Qué es la Verificación de Origen?

La verificación de origen consiste en comprobar la validez del certificado de origen y corroborar que la mercancía exportada o importada cumple con las normas de origen establecidas en un Acuerdo Comercial determinado. Se hace notar, que estos Acuerdos contemplan normas acerca de los procedimientos que se deben llevar a cabo en un proceso de verificación de origen.


Es una facultad que se estableció en Acuerdos con Unión Europea) , y consiste en que la entidad aduanera competente o la autoridad gubernamental del país exportador puede autorizar a cualquier exportador, siempre que realice exportaciones frecuentes de productos originarios. Con esta autorización se permite que para aquellos embarques que se realicen al amparo de dichos Acuerdos, el exportador extienda la declaración en factura acerca del cumplimiento de las normas de origen del Acuerdo Comercial.


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